SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2006-R
Fecha: 12-Abr-2006
III.5.
III.5. Respecto a las autoridades del Ministerios de Servicios y Obras Públicas, se constata que se resistieron ilegalmente al cumplimiento de las Resoluciones Administrativas emitidas por la Superintendencia del Servicio Civil, y si bien de acuerdo a la jurisprudencia glosada precedentemente, el amparo constitucional no es la vía idónea para solicitar la ejecución de Resoluciones, no es menos cierto que, por la particularidades del caso analizado, en que existe un recurso de amparo constitucional presentado con anterioridad, múltiples notas emitidas por la Superintendencia del Servicio Civil para exigir el cumplimiento de sus decisiones, y la reiterada negativa de los funcionarios ahora recurridos de restituir en sus funciones a los representados del recurrente, este Tribunal considera que, en virtud del carácter inmediato del recurso de amparo constitucional, se debe conceder la tutela demandada respecto a los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas co recurridos, sin que ello implique el cambio de entendimiento desarrollado en la referida SC 1911/2004-R; pues, se reitera que las Resoluciones de la Superintendencia del Servicio Civil deben ser cumplidas por los funcionarios públicos que se encuentren en situación similar a la del presente recurso, en su caso, a través de las medidas coercitivas que la Superintendencia provea.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- admitió" (sic) en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- no resulta efectiva
- debe crear los mecanismos y reglamentos coercitivos
- III.4..
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- admitido" (sic) en parte el recurso
- REVOCA en parte