Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2006-R
Fecha: 25-Abr-2006
II.2.
II.2. Por memorial presentado a horas 18:30 del 24 de febrero de 2006 (fs. 1 y vta.) Ricardo Gavito Omaña y Pedro Américo Sánchez se presentaron voluntariamente a la investigación, pidiendo se señale nueva audiencia para recibir sus declaraciones informativas. Solicitando se deje sin efecto los mandamientos de aprehensión librados en su contra ya que su inconcurrencia a su primera citación se debió a motivos laborales oportunamente justificados. Mediante providencia de la misma fecha el fiscal Alberto Cornejo señaló nuevo día y hora de audiencia para recibir sus declaraciones informativas el 9 de marzo a horas 9:30, dejando sin efecto las órdenes de aprehensión (fs. 1 vta.).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- a)
- III.1.
- 1)
- en la etapa preparatoria.
- III.1.3. Encontrándose suspendida la competencia del Juez de Instrucción en lo Penal se podrían llevar adelante los actos de la investigación por la Fiscalía y la Policía
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR en parte