SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2006-R
Fecha: 25-Abr-2006
III.3.
III.3.En cuanto a la denuncia formulada contra el Juez Décimo de Partido en lo Penal referida al hecho de no obstante estar suspendida su competencia, en virtud del incidente de recusación en la misma fecha que pronunció el Auto que rechazó la recusación promovida en su contra también pronunció otras providencias a través de las cuales por una parte revocó su determinación de suspender la investigación ante el planteamiento de una excepción de incompetencia ordenando la prosecución de la misma y autorizó el allanamiento y requisa de las oficinas de la empresas a las que los recurrentes representan, hechos que no tienen ninguna vinculación con el derecho a la libertad de los referidos, por lo que no pueden ser analizados a través del presente recurso que tiene por única finalidad la protección del derecho a la libertad de los ciudadanos.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2.Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- a)
- III.1.
- 1)
- en la etapa preparatoria.
- III.1.3. Encontrándose suspendida la competencia del Juez de Instrucción en lo Penal se podrían llevar adelante los actos de la investigación por la Fiscalía y la Policía
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR en parte