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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2006

    Fecha: 10-May-2006

    III.2.   El control de constitucionalidad de Tratados y Convenios Internacionales

    El control de constitucionalidad, en general, es la acción política o jurisdiccional que tiene la finalidad de garantizar la primacía de la Constitución Política del Estado, la que debe ser acatada y cumplida por todos los órganos del poder público, los gobernantes y gobernados, así como aplicada con preferencia a las leyes, decretos o resoluciones.

    • recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • admitió
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • “ARTÍCULO ÚNICO.-
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.2.   El control de constitucionalidad de Tratados y Convenios Internacionales
    • eso es lo que se llama el control de constitucionalidad.
    • clasificaciones sobre el control de constitucionalidad,
    • control  correctivo o a posteriori
    • control previo
    • previo,
    • queda potencialmente subsistente
    • acción solamente en relación a las Leyes
    • Artículo 135.-
    • b)  El art. 228 de la CPE
    • 1593, de 12 de agosto de 1994
    • Leyes
    • , las citadas Leyes de ratificación no lesionan el mandato del art. 135 de la CPE
    • Fragmento 25

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