Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0440/2006-R
Fecha: 09-May-2006
II.1.
II.1. Dentro del proceso interdicto de recobrar la posesión impetrado por Lidia Torrejón Condori contra Fabiana Mendoza de Cuéllar y otros (fs. 68 a 69 vta.); mediante Auto de 25 de febrero de 2005 el Juez Agrario de Ivirgarzama, Lucio Fuentes Hinojosa -recurrido- admitió la demanda y corrió traslado a Fabiana Mendoza de Cuéllar y otros para que contesten dentro del término de ley, previa su citación legal (fs. 70); habiendo sido citada la demandada Fabiana Mendoza de Cuéllar en forma personal el 2 de marzo de 2005 en presencia de testigo de actuación al haberse rehusado a firmar, conforme consta en la diligencia cursante a fs. 71.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- APROBAR