Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0505/2006-R
Fecha: 31-May-2006
II.4.
II.4. El 29 de febrero de 2000, José Antonio Armijo Ayllón, suscribió con el Banco de Crédito de Bolivia S.A. un pagaré por la suma de $us19.730.-, amparado por la línea de crédito contenida en la escritura pública 1122/97 y en la fusión suscrita por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. y el Banco de La Paz S.A. mediante escritura pública 0995/98 (fs. 10).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- b)
- c)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º