Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2006-R
Fecha: 02-Jun-2006
II.1.
II.1. El 16 de abril de 2001, Verónica Selva Murillo Fiorilo -recurrente- y Gonzalo Terceros Rojas, en su condición de Alcalde Municipal de Cochabamba, recurrido, suscribieron contrato de trabajo a plazo fijo, mediante el cual la ahora recurrente ingresó a prestar funciones en esa entidad como Encargada I para el Proyecto de Catastro por el periodo de 255 días a partir de la suscripción del contrato hasta el 31 de diciembre de 2001 (fs. 1-2).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que implica que esta vía se activa inmediatamente de haberse producido la lesión, si no hubieren otras vías, o de haber agotado las vías legales ordinarias idóneas y efectivas si es que existen
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- REVOCAR