SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0526/2006-R

Fecha: 02-Jun-2006

III.4.

III.4. Finalmente con relación a que las autoridades recurridas desconocieron lo dispuesto en el art. 59 inc. b) de las NBSAP, que establece que los servidores que hayan cumplido más de 3 años en servicio ininterrumpidos y que no posean nombramiento regular de la entidad, tendrán la oportunidad de presentarse a un proceso de convocatoria interna, normativa que a decir de la recurrente no fue observada por lo recurridos, ya que al momento de recibir el memorando de agradecimiento de servicios contaba con más de 3 años de antigüedad y que por lo tanto se encontraba habilitada para participar en un proceso de reclutamiento de personal a través de una convocatoria interna.

Corresponde señalar que la recurrente no puede pretender sea aplicada dicha disposición legal cuando en los hechos no se ha operado ningún proceso de convocatoria interna de dicho cargo, toda vez que la mencionada normativa resultaría vulnerada y desconocida si acaso se hubiese llevado a cabo el proceso de convocatoria interna para institucionalizar el cargo de la recurrente y no se le hubiese permitido presentarse a la misma; empero, conforme han señalado las autoridades recurridas,  -no desvirtuado por la recurrente- no se ha realizado ningún proceso de convocatoria interna para ese cargo, por ello mal podría considerarse como vulnerado o desconocido dicho precepto; con el advertido de que dicho cargo fue suprimido conforme señalaron las autoridades recurridas, extremo que se constata con la certificación de 29 de mayo de 2006, emitida por el Encargado III del Departamento de Personal de la Alcaldía, la Jefa de Administración de Personal de la Dirección de Recursos Humanos y el Director de Recursos Humanos de la Alcaldía Municipal de Cochabamba, en la que indica que no se encuentra otro funcionario desempeñando en el cargo de Profesional I (Arquitecto) en la Subalcaldía del Distrito 12 al haber sido suprimido dicho cargo, conforme acredita la planilla presupuestaria de la gestión 2005.