Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0646/2006-R
Fecha: 05-Jul-2006
II.5.
II.5. Por memorial de 15 de octubre de 2004, el imputado Rolando López Herbas, solicitó su notificación con la Resolución de Sobreseimiento (fs. 80), solicitud que fue aceptada mediante decreto de 21 de octubre de 2004 (fs. 80 vta.), y mediante memorial de 25 de octubre de 2004, presentada ante el Fiscal de Distrito objetó la Resolución 691/03, de revocatoria del sobreseimiento solicitando se deje sin efecto la conminatoria de acusación y se remita su objeción ante el Fiscal General para su consideración (fs. 83-84).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.1.
- III.2.
- Denunciante es aquella persona que pone en conocimiento de la autoridad competente, la comisión de un hecho ilícito.
- El querellante, en cambio, es la persona que ha sido agraviada con la comisión del delito y formula querella en esa condición.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- REVOCAR