Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0666/2006-R
Fecha: 12-Jul-2006
II.12.
II.12.A través de la Resolución del Consejo de Administración C.A. 35/SO/2006, de 29 de marzo, se resolvió destituir a los miembros del Comité Electoral, porque trasgredieron las normas estatutarias, amparando esta decisión en la facultad de nombrar dichas autoridades concedida a los Comités de Administración y Vigilancia por las normas previstas por los arts. 55 del Estatuto de la Cooperativa (fs. 455 a 460).