SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2006-R

Fecha: 12-Jul-2006

1)

En audiencia el abogado de los recurridos agregó que: 1) en ningún momento se ha vulnerado la igualdad de derechos del matrimonio ni desconocido el matrimonio de hecho reconocido post mortem, no obstante que el afiliado falleció el año 1998 y el certificado de matrimonio data del año 2001; y 2) la observación radica en la falta de inscripción de la beneficiaria como conviviente o esposa un año antes del fallecimiento del afiliado, conforme señalan los arts. 100 y 107 del DL 11901, no siendo subsanable dicha omisión conforme señala la Resolución 214, pues una ley solo puede ser sustituida por otra y no por una resolución.