Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2006-R
Fecha: 08-Ago-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 29 de junio de 2006, cursante de fs. 161 a 162 vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Suárez del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Wálter Isidro Santos Moreno en representación sin mandato de Marcelo Salinas Rojas contra Giovanna Jaqueline Rivas Rojas, Fiscal de Materia del Distrito de Santa Cruz y Danny Camacho Pereyra, Jueza de Instrucción de Roboré provincia Chiquitos del Distrito Judicial de Santa Cruz, alegando la vulneración del derecho de su representado a la libertad, consagrado en el art. 6.II de la Constitución Política del Estado (CPE), por detención ilegal.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- i)
- III.1.
- III.2.
- 1)
- entendimiento interpretativo que guarda coherencia plena con lo previsto por el art. 233 y 302.4 del Código procesal aludido, que son coincidentes en establecer que realizada la imputación formal, el fiscal puede pedir al Juez la adopción de medidas cautelares; de lo que se tiene que a partir de que el órgano jurisdiccional toma conocimiento del proceso, quien puede dictar medidas privativas o restrictivas de la libertad de los encausados es el Juez; pudiendo el Fiscal únicamente pedir a aquél la adopción de medidas cautelares, pero no dictarlas
- III.3.
- III.4.