SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2006-R

Fecha: 09-Ago-2006

denegó”

La Resolución 0025/2006  cursante de fs. 544 a 547 pronunciada el 7 de abril, por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, “denegó” y declaró “improcedente” el amparo solicitado, con los siguientes argumentos: a) el proceso de la “Cooperativa Agropecuaria Colectiva Ltda.” continúa tramitándose ante la Dirección Nacional del INRA, bajo la modalidad de saneamiento simple a efectos de que se dicte la resolución final de saneamiento; b) por otra parte, se halla vigente la Resolución Suprema 224003 de 19 de septiembre de 2005 suscrita por Sandro Giordano, Presidente Interino de la República y Martha Bozo, por la que respecto de los representados de la recurrente dispuso declarar la ilegalidad de la posesión sin derecho a adjudicación y titulación, disponiendo el desalojo de los terceros opositores Serafina Illanes Vda. de Guzmán y otros, Resolución que señala que podrá ser impugnada ante el Tribunal agrario Nacional en proceso contencioso administrativo. De donde resulta que en el presente caso no fueron agotados los medios legales que la Ley prevé para esa finalidad, es decir, de conformidad a lo dispuesto por la Ley del Servicio de Reforma Agraria y sus reglamentos no ha concluido la tramitación agraria correspondiente, por lo que no se puede ingresar al análisis del fondo del asunto; c) este Tribunal no es competente para anular procesos de inscripción de partidas de nacimiento, para ello deberá acudirse a la vía ordinaria llamada por Ley.