SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0779/2006-R

Fecha: 09-Ago-2006

(fs. 32 y 33 del anexo 3 expediente original),

         El informe legal referido emitido por la Responsable SAN -SIM (fs. 32 y 33 del anexo 3 expediente original), concluyó que la solicitante Nuria Guadalupe Urquidi de Guzmán -ahora recurrente-presentó su solicitud de saneamiento acompañando documentación de compra venta de terreno y un plano georeferenciado en los que se detallan las colindancias respectivas y que haciendo una relación entre ambos no existe similitud de los mismos, observación que también alcanza en su memorial de solicitud. Asimismo, la superficie que plantea en su solicitud sobre la que debe hacerse el saneamiento es de 2.8924 m2, siendo que en el plano está la superficie de 3.2150 ha. Finalmente señaló que el Informe Técnico 131/2000  determinó que existe una sobreposición en un 52% sobre el predio de la Cooperativa Agrícola Colectiva, trámite que actualmente se encuentra en la etapa de Resolución final, motivo por el cual no puede admitirse el saneamiento sobre dicha área.