SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2006-R

Fecha: 24-Ago-2006

2º      DENEGAR

Se llama la atención a la Corte de amparo por haber decretado cuarto intermedio en la realización de la audiencia antes de emitir Resolución, en  franca contravención de lo dispuesto por los arts. 19.IV de la CPE y 101 de la LTC, que establecen que la Resolución debe pronunciarse  en la misma audiencia, inmediatamente de recibida la información del denunciado, exhortando a los Vocales Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Blanca Alarcón de Villarroel,  a  cumplir  el procedimiento del recurso de amparo en ulteriores trámites, así como a utilizar los términos adecuados para la resolución del recurso, conforme al fundamento de la SC 0505/2005-R, de 10 de mayo.