SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente a través de su abogado patrocinante, ratificó el tenor íntegro de su recurso y ampliando el mismo, señaló que la Sala Penal Segunda resolvió la apelación planteada ante el rechazo de su solicitud de libertad provisional, revocando la negativa de ese benefició y le otorgó libertad provisional imponiéndole medidas cautelares sustitutivas a la detención consistentes en la presentación periódica, arraigo y fianza personal por no existir Sentencia ejecutoriada por más de veinticuatro meses; medidas sustitutivas que posteriormente fueron revocadas por Auto dictado por el Juez de la causa porque no pudo concurrir a firmar el libro de presentación en dos o tres oportunidades debido a que fue baleado; Resolución que fue confirmada por los Vocales hoy recurridos; empero tomando en cuenta que se le otorgó libertad por retardación de justicia y desde que se revocó este beneficio transcurrieron más de tres meses adicionales a los veinticuatro meses que estuvo preso, se ingresa en una franca retardación de justicia que afecta a su derecho de defensa.
Conforme a la SC 1438/2004-R, si bien se incumplió la medida cautelar, debe acreditarse además que esa acción conlleva riesgo de fuga o de obstaculización de averiguación de la verdad, lo que no ha sido tomado en cuenta por el Juez recurrido a tiempo de dictar el Auto que vulnera su derecho a la libertad, y aunque puede pedir nuevamente la cesación de la detención preventiva, se fundamentó este aspecto, sin embargo el Juez revocó la libertad de su defendido y ante la apelación formulada el Tribunal de alzada, ahora recurrido, también cometió el error confirmando el Auto apelado sin tomar en cuenta la parte in fine del art. 247 inc. 1) del CPP por lo que solicitó que se declare procedente el recurso y se determine su libertad inmediata.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- puedan también ser revisados esos fundamentos a través de los medios impugnativos establecidos en el ordenamiento;
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23