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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2006-R

    Fecha: 29-Ago-2006

    II.9.

    II.9.     En el certificado de 4 de abril de 2006, emitido por el Director a.i. del Hospital Clínico Viedma, consta que el recurrente ingresó a ese centro hospitalario el 2 de enero de 2006 por haber sufrido herida por arma de fuego y heridas múltiples, habiendo sido dado de alta el 16 de enero de 2006  (fs. 62).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • puedan también ser revisados esos fundamentos a través de los medios impugnativos establecidos en el ordenamiento;
    • III.2.
    • III.3.
    • Fragmento 22
    • Fragmento 23

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