Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0846/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
II.1.
II.1. Por Auto de imposición de medida cautelar dictado en la audiencia de declaración indagatoria, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal dispuso la detención preventiva del recurrente Freddy Fuentes Villarroel y otros, en la cárcel pública de Arocagua, por existir suficientes elementos de convicción para sostener que los imputados son autores o partícipes de los hechos denunciados, que no se someterán al proceso y obstaculizarán la averiguación de la verdad previstos por el art. 234 del CPP (fs.34 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- puedan también ser revisados esos fundamentos a través de los medios impugnativos establecidos en el ordenamiento;
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23