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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006

    Fecha: 05-Sep-2006

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    • recurso indirecto o incidental de inconstitucional
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • g)
    • admitió
    • “ARTÍCULO 1º (Objeto).-
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Requisitos para el análisis de fondo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • III.2.1. El Estado Social y Democrático de Derecho
    • Surge entonces el derecho de defensa de la persona frente al Estado, que se rige por un proceso.
    • la actividad del Estado esta regida por las normas jurídicas
    • III.2.3. El Estado Social de Derecho
    • III.2.4.  Estado Democrático
    • III.2.5. Estado de Derecho Liberal y Estado Social de Derecho
    • III.2.6..Limitaciones al ejercicio del Poder y al ejercicio de los derechos      individuales
    • el  Gobierno debe también respetar el ejercicio de los derechos y las libertades individuales
    • ejercer el poder político de modo absoluto e irrestricto, sin control ni responsabilidad de ninguna especie.
    • una de las grandes características es que un régimen dictatorial limita al extremo las libertades y prerrogativas individuales frente a las del Estado
    • III.3.   Breve reseña histórica.
    • El 4 de noviembre de 1964
    • elecciones
    • , el 7 del mismo  mes, Juan José Torres Gonzáles,  juró a la Presidencia
    • se decidió designar Presidente Constitucional Interino,
    • el 1 de noviembre de 1979  Alberto Natusch Busch protagonizó el golpe de Estado
    • Junta Militar
    • Guido Vildoso Calderón,
    • a) En relación del art. 1.II de la CPE.
    • II.
    • la libertad
    • la igualdad
    • La Justicia
    • art. 1 de la Ley 2640,
    • art. 2 de la Ley 2640,
    • I.-
    • II.-
    • c)    En relación al art. 7 inc. b) de la CPE
    • “ARTÍCULO 35º.-
    • Sin embargo,
    • I.
    • III.
    • III.4.2. Respecto del art. 10 inc. e) de la Ley 2640.
    • IV.
    • CONSTITUCIONALIDAD

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