SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006

Fecha: 05-Sep-2006

III.2.1. El Estado Social y Democrático de Derecho

        Desde una posición muy genérica e incluso absolutoria de excesos y abusos autocráticos, hay autores que proclaman que la expresión de Estado de Derecho es en cierto modo redundante, porque todo Estado es creador del Derecho que en el mismo rige y que escrito o consuetudinario, en todos los pueblos existe un régimen jurídico.

        Sin embargo, calificando ética y socialmente al Derecho, que no se considera tal cuando no tiene por espíritu lo justo, lo equitativo y lo bienhechor, por Estado de Derecho se entiende aquella sociedad, políticamente organizada, donde la ley está sobre los gobernantes y no a la inversa, y por ello rige por igual entre todos los ciudadanos y ciudadanas, gobernantes y gobernados. En la actualidad, el Estado de Derecho, exige la existencia y la vigencia de una Constitución; y en otros tiempos, un estado tradicional de equilibrio entre los Poderes, que se debe cumplir, o que si se infringe, lleva consigo las consiguientes reparaciones privadas, o las sanciones criminales previstas. Así  el Estado de Derecho es aquel en el que los tres Poderes o ramas del Gobierno, nacen del pueblo, en forma más o menos directa; los tres actúan en su nombre, bajo el imperio de las normas constitucionales. El Gobierno es la colaboración y concurrencia de los tres, identificados a través de la norma jurídica que fundamenta y caracteriza al Estado de Derecho.