SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006

Fecha: 05-Sep-2006

la libertad

   En los Fundamentos Jurídicos III.2.1 al III.2.4 de la presente Sentencia, se ha puntualizado lo que debe entenderse por Estado Social y Democrático de Derecho, dentro del cual son valores superiores, la libertad, que puede entenderse desde varios ámbitos, pero en general significa el conjunto de prerrogativas y facultades que tiene el ser humano para definirse por si mismo. El derecho a la libertad es aquel derecho genérico, que siendo expresión y concreción normativa del valor libertad, supone para las personas individuales y los grupos sociales la posibilidad de actuar de una forma autónoma, bien con la exigencia de exclusión de otras conductas, bien participando solidariamente en conductas colectivas. La libertad tiene una doble dimensión, positiva y negativa: la primera, significa la ausencia de impedimentos de cualquier tipo (jurídicos, políticos, económicos) que restrinjan o impiden la actuación del sujeto. La segunda, supone la posibilidad de participación responsable y activa del sujeto en la vida social, en todos sus ámbitos, incluido el ámbito político.