Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0878/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
II.7.
II.7. Mediante memorial presentado ante el Concejo Municipal el 6 de octubre de 2005 conforme se evidencia por el sello de recepción correspondiente (fs. 21 a 23), la recurrente impugnó la boleta de citación y/o paralización de obras de 3 de octubre de 2005; y, en el otrosí impugnó la Resolución Municipal 4427/2005, además solicitó fotocopia legalizada del acta de la sesión de 16 de septiembre de 2005, su convocatoria, y una certificación sobre los aspectos allí anotados. En el expediente del recurso no consta ningún pronunciamiento en relación a lo señalado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- III.1. Jurisprudencia Constitucional respecto de derechos controvertidos
- si bien
- Fragmento 17
- una vez planteada la petición,
- Sin embargo,
- 2º CONCEDE