SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2006-R

Fecha: 05-Sep-2006

en el caso objeto de análisis

Realizadas las puntualizaciones legales y jurisprudenciales anteriores, se evidencia que en el caso objeto de análisis, mediante Auto de 16 de diciembre de 2004, el Juez de Instrucción en lo Penal Liquidador de entonces, ordenó se extienda la escritura pública de transferencia judicial a favor de la representada del recurrente; empero, ello no se hizo efectivo, por lo que Guadalupe Celiz Aquino solicitó la merituada extensión, y la autoridad judicial  decretó que por Actuaría se informe si se cumplieron  con las formalidades de ley, olvidando que ya había dispuesto en el referido Auto, la extensión reclamada por la adjudicataria, quien, por esa razón, tenía la potestad de apelar de la determinación el Juez en esa oportunidad, pero no lo hizo, como tampoco insistió, según correspondía, en su pedido para que se le entregue la escritura pública que ya estaba ordenada.