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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0883/2006-R

    Fecha: 05-Sep-2006

    II.5.

    II.5.  Guadalupe Celiz Aquino solicitó el 12 de enero de 2005 (fs. 87 y vta.), la extensión de la escritura pública a su favor que fue ordenada por Auto de 16 de diciembre de 2004, a lo que el Juez, el 13 de enero de 2005, dispuso se informe por actuaría si se cumplieron con las formalidades de ley.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • i)
    • a)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1. En cuanto al principio de inmediatez
    • III.2. El principio de subsidiariedad en el amparo contra decisiones judiciales.
    • (SC 0756/2005-R, de 5 de julio).
    • III.3. Los medios de impugnación permitidos por ley contra las decisiones judiciales dictadas en ejecución de sentencia.
    • apelación directa
    • en el caso objeto de análisis
    • la hoy representada del recurrente, tenía la facultad de  plantear apelación  directa
    • APRUEBA

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