Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2006-R
Fecha: 19-Sep-2006
II.5.
II.5. El 1 de agosto de 2005, el imputado se apersonó ante el Tribunal Quinto de Sentencia hizo conocer el patrocinio de su abogado, solicitó fotocopias de todas las actuaciones que cursan en el cuaderno de investigaciones y señaló como domicilio el bufete del mismo en la oficina 6 planta baja del edificio Casanovas de la calle Aroma, por lo que el Tribunal ordenó que se le franquee las fotocopias (fs. 73 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- haciendo conocer la indefensión en la que se lo dejó por desconocimiento y ausencia de las pruebas ofrecidas por los acusadores que no fueron adjuntadas en el expediente.
- 15 de agosto de 2005 el Tribunal Quinto de Sentencia dictó el Auto de apertura de juicio oral,
- Fragmento 5
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- y las peticiones o planteamientos de las partes que, por su naturaleza o importancia, deban ser debatidas o requieran la producción de prueba,
- III.3.
- III.4.
- denegado
- APRUEBA