SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007-R
Fecha: 26-Ene-2007
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El Fiscal recurrido informó en audiencia, que un grupo de personas, incluido el recurrente, se dedicó al robo de vehículos indocumentados, siendo víctima, Candelaria Cuba Patana, dedicada a traer vehículos de Chile con el fin de regularizarlos, de modo que los sujetos al saber que los vehículos no tienen documentación proceden a robarlos porque las víctimas no reclamarían.
Candelaria Cuba Patana fue víctima del robo de un minibús con la complicidad de Juan Carlos Calderón que fue detenido y remitido a la cárcel, proseguidas las investigaciones, Mario Huallpa reconoció al recurrente como aquel que le había vendido un vehículo sin documentación, por lo que éste le ofreció un arreglo, apareciendo una tercera persona que también reconoció al recurrente, razón por la cual dispuso su aprehensión para ser remitido ante el Juez, sin que su declaración haya sido considerada.
A fs. 59 y vta., el Juez recurrido informó que el 1 de noviembre de 2006, emitió la Resolución 519/06 que dispuso la detención preventiva del recurrente y otro en el penal de San Pedro al haber demostrado el Ministerio Público y las víctimas, la concurrencia del art. 233 del CPP, medida que fue dispuesta a los fines investigativos con duración determinada, pues el 8 de diciembre de 2006, ordenó la cesación de la detención del otro imputado.
El 3 de noviembre de 2006, se interpuso recurso de apelación contra la Resolución que dispuso la detención preventiva, decretando el 4 del mismo mes y año, la remisión de antecedentes originales a la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, extremo que no ha sido cumplido por la Secretaría del Juzgado por la presentación de varias solicitudes que han obstaculizado la remisión oportuna del cuaderno de control de investigaciones.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- i)
- III.1.
- III.2.
- el juez anulará la actuación
- III.3.
- o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus,
- III.4.
- APROBAR