SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007-R

Fecha: 26-Ene-2007

II.5.

II.5.    En la audiencia para la consideración de medida cautelar de 1 de noviembre de 2006 (fs. 52 y vta.), la abogada del recurrente, observó que la imputación formal carecía de fundamentación legal, que su defendido no fue citado legalmente por el Ministerio Público, que su aprehensión fue ilegal al no existir mandamiento alguno, que no estaría justificada la acción directa teniendo en cuenta el mes de inicio de las investigaciones, que se encuentra delicado de salud, que no fue denunciado como autor de algún delito, que el Fiscal no dispuso ninguna acumulación de investigaciones y que no concurren los requisitos previstos en el art. 233 del CPP, al contar con familia, domicilio y actividad laboral lícita de acuerdo a la documentación presentada. Por otra parte, denunció que el recurrente habría sido agredido, sin haberse practicado una valoración médico forense, pese a su solicitud.