Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2007-R
Fecha: 26-Ene-2007
II.3.
II.3. Por Resolución de 31 de octubre de 2006 (fs. 55 del anexo), el Fiscal recurrido dispuso la aprehensión del recurrente al establecer la existencia de elementos de convicción sobre la participación del sindicado en los hechos del 19 de mayo de 2006, así como de peligro de fuga y obstaculización de acuerdo a los arts. 233 inc. 2), 234 numerales 1, 2 y 4, y 235 incs. 1) y 2) del CPP.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- i)
- III.1.
- III.2.
- el juez anulará la actuación
- III.3.
- o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus,
- III.4.
- APROBAR