Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
2º REVOCAR
2º REVOCAR con relación a la denegación del recurso, sobre la excepción de cosa juzgada y CONCEDER la tutela solicitada en cuanto a las determinaciones asumidas sobre dicha excepción, disponiendo que el Juez recurrido emita nuevo pronunciamiento, resolviendo la excepción de cosa juzgada de acuerdo a los fundamentos del presente fallo.