Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0795/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
II.2.
II.2. Por Auto 14/2005 de 8 de enero, la Jueza Segunda de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, desestimó la acusación con el argumento de ser necesario un antejuicio, debiendo la querellante acudir al juez en materia civil, a efectos de recobrar la posesión (fs. 7); luego el 18 de enero de 2005 la recurrente interpuso recurso de apelación contra el Auto 14/2005 (fs. 8 a 9).