Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2007-R
Fecha: 09-Feb-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente señala que el Juez recurrido vulneró sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, a la libertad, la garantía del debido proceso y consiguiente locomoción, al haber dictado Sentencia sin sanear el procedimiento dentro del trámite de asistencia familiar que le sigue Adriana Grace Álvarez Puch, no obstante a que hizo notar que no fue debidamente notificado con la demanda en su contra, porque esa diligencia fue realizada en otro domicilio que era el de su madre. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar o no la tutela que se pretende.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no está destinado a que los procesados que por negligencia no impugnaron la supuesta lesión al debido proceso, y dentro de éste el derecho a la defensa, puedan hacerlo a través del hábeas corpus
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa
- APRUEBA