AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2007-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2007-CDP

Fecha: 27-Mar-2007

I.5.

I.5.   Por memorial de 24 de marzo de 2005, Carlos Meave planteó reposición contra el Auto de 21 de marzo de 2005 solicitando nuevamente la designación de peritos, indicando que en virtud al art. 195 del Código de Procedimiento Civil (CPC), tiene derecho al pago de daños y perjuicios consistentes en: 1) El gasto de traslado físico de personeros de FOGAMEX a Bolivia, que incluyen pasajes, estadía y viáticos; 2) Los gastos emergentes de la permanencia por varias semanas de las reses en los recintos del aeropuerto Viru Viru, los que incluyen alimentación del ganado, mantenimiento y pago del recinto; 3) Presentación en reiteradas oportunidades de memoriales de solicitud de entrega de documentación; 4) Contratación de abogados para interponer el recurso de amparo constitucional, “arribos” de los representantes de FOGAMEX, hospedaje, viáticos, gastos de valorados para la tramitación del recurso y otros; 5) El sacrificio de las reses, a consecuencia de la no entrega de la documentación, la misma que importa el precio de los animales muertos (fs. 382 a 383). Mediante memorial de 29 de marzo de 2005, solicitó al Tribunal de amparo se califique como daños y perjuicios la suma  de     $us750 000.- (setecientos cincuenta mil dólares estadounidenses) (fs. 639).