Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2007-R
Fecha: 07-Mar-2007
II.2.
II.2. El 3 de julio de 2003, Jacquelin Terán Audivert, estando privada de libertad en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, interpuso hábeas corpus contra el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social, que fue declarado procedente por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, Resolución confirmada en revisión por el Tribunal Constitucional, mediante SC 1125/2003-R, disponiendo la nulidad del proceso laboral, por haber existido fraude procesal al haber dolosamente las demandantes jurado desconocer el domicilio de la demandada (fs. 191 a 197).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- conceder
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el inicio de la acción penal, o la denuncia ante el Ministerio Público no constituye causal de interrupción o suspensión de la prescripción al no estar contemplado en los citados arts. 29 y 31 del CPP,
- III.2.
- Fragmento 17
- III.3.
- III.4
- concedido
- APROBAR