SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2007-R

Fecha: 07-Mar-2007

III.4

III.4  Por lo expuesto, es evidente que el recurrido Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, al dictar el Auto Motivado 594/2005, de 14 de diciembre, rechazando la excepción de extinción de la acción por prescripción que interpusieron las recurrentes, realizando un erróneo cómputo del inicio de la prescripción desde el libramiento del mandamiento de aprehensión dentro del proceso laboral contra la ahora querellante en el proceso penal seguido a las recurrentes,  y los Vocales de la Sala Penal Primera correcurridos, al declarar improcedente el recurso de apelación mediante Auto de Vista 132/06, de 20 de febrero de 2006, incurriendo en el mismo error, han incumplido las normas legales citadas que rigen la materia, lo que constituye un acto ilegal que vulnera los derechos de aquellas a la seguridad jurídica y al debido proceso, por no haber enmarcado sus actos y realizado una adecuada interpretación de la legalidad ordinaria, conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.