SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2007-R

Fecha: 12-Mar-2007

denegado

Por todo lo expresado precedentemente, las situaciones planteadas no se encuentran dentro de las previsiones y alcances del art. 19 de la CPE, por lo que los Tribunales de garantías constitucionales, al haber a su turno denegado los amparos solicitados, han efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional, aunque los recursos serán declarados improcedentes por no haber este Tribunal ingresado al análisis de fondo de las problemáticas suscitadas