Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2007-R
Fecha: 13-Mar-2007
II.5.
II.5. La Resolución 209/2005, de 25 de noviembre, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Segundo de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en virtud de la valoración de las pruebas presentadas, -según se afirma en la Resolución- bajo el principio de la sana crítica, el análisis de los antecedentes y los fundamentos expuestos en debate, y establecidos los extremos en dicha Resolución, rechazó las excepciones de falta de acción y de prejudicialidad planteadas por la defensa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- es el concerniente a la intervención, asistencia y representación del imputado en los casos y formas que el Código establece
- III.3.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- entre las que se encuentran la excepciones
- III.8.
- APROBAR