SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2007-R
Fecha: 13-Mar-2007
III.3.
III.3. De la documentación que informa los antecedentes del presente recurso, se evidencia que contra el recurrente se ha formulado la acusación por la presunta comisión de varios delitos incluidos el de peculado, delito que no fue mencionado en la imputación. Iniciada la audiencia del juicio oral el recurrente opuso las excepciones de prejudicialidad, falta de acción y de prescripción el día 18 de noviembre de 2005, en la que fundamentó las mismas hasta que a horas 17:52, se declaró receso para su reiniciación el 24 de noviembre de 2005, ocasión en la que tanto la defensa, el Ministerio Público y el acusador particular intervinieron, habiéndose declarado un nuevo receso hasta su reiniciación al día siguiente, oportunidad en la que fue verificada la inasistencia de los abogados de la defensa, reinstalándose la audiencia y dictada la Resolución 209/2005. La citada Resolución rechazó las excepciones de falta de acción y de prejudicialidad planteadas, habiéndose diferido la consideración de la excepción de prescripción de los delitos de uso de instrumento falsificado y supresión o destrucción de documentos para el momento de la deliberación y votación que prevé el art. 359 inc. 1) del CPP. El Tribunal de Alzada por Auto de Vista 372/2005, de 19 de diciembre, declaró improcedente la cuestión planteada aduciendo que la Resolución apelada, tiene la fundamentación necesaria para sustentar la parte resolutiva explicando el porqué de la disposición de resolver en sentencia la excepción de prescripción, sosteniendo además que la defensa no efectuó reclamo u observó los recesos decretados y que el imputado no presentó memorial alguno y menos de complementación, aclaración o enmienda.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- es el concerniente a la intervención, asistencia y representación del imputado en los casos y formas que el Código establece
- III.3.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- entre las que se encuentran la excepciones
- III.8.
- APROBAR