SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0139/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0139/2007-R

Fecha: 14-Mar-2007

II.8.

II.8.    Por Auto de Vista de 10 de abril de 2002 (fs. 44 a 50), la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, confirmó la Sentencia apelada de 28 de agosto de 2001, así como el Auto de 29 de junio y los complementarios de 13 de septiembre y 10 de octubre de 2001, con la modificación de que el interés convencional del 1,5% debe aplicarse de acuerdo a lo estipulado en la escritura pública. En la vía de la complementación se aclaró que la resolución de contrato se realizó en favor de Ángel Buzolic Ayllón.