SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0178/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
concedió
La Resolución 20/2006 de 28 de abril, cursante de fs. 149 a 151 vta., concedió la tutela solicitada, sin costas ni responsabilidad, por ende, determinó la nulidad del Auto de Vista 152/2005 de 21 de octubre y del Auto complementario 165/2005 de 14 de noviembre, disponiendo que los Vocales recurridos dicten una nueva resolución dentro de los alcances señalados en las normas aplicables y correspondientes al caso, y tomando en cuenta los contenidos doctrinales del fallo, así como la prueba preconstituida del cuaderno de apelación y del expediente principal; con el argumento de que teniendo en cuenta los antecedentes procesales, se concluye que el Auto de Vista y Auto complementario impugnados son contradictorios, en razón de que atentan el debido proceso porque no contienen una fundamentación adecuada y coherente, y existe una contradicción entre el contenido de la Resolución principal y el Auto complementario, hecho que atenta la seguridad jurídica y va contra el principio de congruencia, no correspondiendo una nulidad, pues el remate fue aprobado plenamente por la Resolución 695/05 de 21 de noviembre de 2005, dictada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz que confirmó el Auto 11/2005 de 4 de abril, referente a la aprobación del remate ante una solicitud de nulidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- A falta de esta valuación
- III.3.
- APROBAR