SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2007-R

Fecha: 02-Abr-2007

1)

La parte recurrida informó lo que sigue: 1) El recurrente en un primer recurso de amparo cuestionó la validez de la moción constructiva de censura, empero, de acuerdo a la manifestación de la delegada de la Corte Departamental Electoral, dicha moción es completamente legal y el recurso fue declarado improcedente, al margen que el recurrente ya interpuso con anterioridad recursos de amparo  exponiendo los mismos argumentos, por lo que el actual resulta ser el tercero e improcedente al existir identidad de sujetos, objeto y causa; 2) No es evidente que el Alcalde actual  esté suplantando funciones, pues fue elegido frente a la renuncia del recurrente; 3) El recurrente acusa de falsedad material, pero no presentó prueba alguna al respecto.