Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2007-R
Fecha: 02-Abr-2007
II.5.
II.5. El 20 de febrero de 2006 (fs. 6 a 13), Florencio Quispe Lima denunció ante los canales de televisión: "ATB", "UNITEL", Bolivisión, Radio Televisión Popular, y Televisión Boliviana, así como a las radios Panamericana, "FIDES" y San Gabriel, la ilegal renuncia que firmó por presiones física y psicológicas y para evitar un "baño de sangre" y preservar su existencia y la de los Concejales que le respaldaban.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto de las impugnaciones contra decisiones asumidas por entes colegiados.
- cuando una resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto contra todos quienes intervinieron en ella
- el amparo no puede prosperar cuando no se acciona contra todas las autoridades que incurrieron en el presunto acto ilegal
- III.2. El caso ahora analizado
- APRUEBA