Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2007-R
Fecha: 02-Abr-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 45/06 de 13 de abril de 2006, cursante de fs. 122 a 123, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Sica Sica provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Florencio Quispe Lima contra Vicente Colque Morales "Supuesto Alcalde Municipal de Sica Sica" (sic) y Severo Rojas Lima, Presidente del Concejo Municipal de Sica Sica, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la seguridad jurídica, a la libertad de expresión y al trabajo, previstos en los arts. 6.I, 7 incs. a), b) y d) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto de las impugnaciones contra decisiones asumidas por entes colegiados.
- cuando una resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto contra todos quienes intervinieron en ella
- el amparo no puede prosperar cuando no se acciona contra todas las autoridades que incurrieron en el presunto acto ilegal
- III.2. El caso ahora analizado
- APRUEBA