Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
III.4. Análisis del presente caso
Los recurrentes reclaman en este recurso que el Concejo Municipal de La Paz pronunció la OM 607/2005 que aprueba el convenio de usufructo mediante el cual la Alcaldía concedió en esa calidad por veintiún años, la superficie de 2058,15 m2 ubicada entre las calles Altamirano, calle 5, Caballero y Calle 8 de Irpavi, a la Asociación de Comerciantes Minoristas de la Feria de Irpavi, para la construcción del nuevo mercado modelo, con costo a esta última, cuando -a decir suyo- en ese predio se debe construir el parque central de Irpavi, como se habría dispuesto en la OM 117/99, sin que puedan coexistir dos Ordenanzas contradictorias entre si.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto del anterior recurso de amparo constitucional formulado por los recurrentes
- III.2. Sobre el agotamiento de las vías previas al recurso de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. Legitimación activa
- III.4. Análisis del presente caso
- dispuso la demolición de muros perimetrales y la habilitación como área verde, al no haberse realizado ninguna mejora en el predio de equipamiento de la calle 5 de Irpavi.
- Fragmento 21
- por una parte
- correspondía al actor hacer el seguimiento correspondiente
- Fragmento 24
- APRUEBA