SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0283/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

II.2.

II.2.  El 3 de marzo de 2000, el Concejo Municipal, mediante Resolución Municipal 2711/2000, resolvió instruir al Alcalde efectuar los ajustes necesarios para adecuarse  a los límites del gasto corriente previstos en la Ley de Municipalidades y sus Disposiciones Finales y Transitorias, en lo que se refiere al personal de trabajadores municipales; que los trabajadores municipales cuyos servicios sean necesarios, deberán ser incorporados como servidores públicos municipales a la carrera administrativa municipal prevista en el art. 61 de la LM, debiendo cursarse a dichos trabajadores las cartas simultáneas de resolución y conclusión de contratos de trabajo otorgados bajo el anterior régimen de la Ley General del Trabajo y al mismo tiempo, su inmediata recontratación e incorporación por adecuación al nuevo régimen laboral municipal; así mismo, los beneficios sociales que correspondan, serán liquidados con exclusión del desahucio, beneficios que se cancelarán con mantenimiento de valor a partir del mes de enero de 2001 según cronograma de pagos (fs. 44 a 45).