SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2007-R
Fecha: 10-May-2007
II.2.
II.2. Por Acta de Sufragio de 16 de abril de 2006, suscrita por Germán Fulguera Lutino, Presidente del Comité Electoral del Cantón Villa Chuquiña de la provincia Saucarí, Eddy Condarco Ojeda, Presidente del Comité Cívico del Cantón Chuquiña, Ildefonso Miranda Salvador, Vicepresidente, Mario Valente Quispe, Secretario de Actas, Teresa Fulguera Arevillca, Vocal, Ovidio Miranda Yucra, Vocal, Mario Espinoza, representante de la Policía Nacional, María Romero, representante del Corregimiento del Cantón Toma Toma de la provincia de Saucarí, Yolanda de Rocha, representante del Vice Cantón Río Florida Quisca, Ruth Rocha, representante de Rancho k'ochi, Magda Rocha, Agente Municipal del Cantón Chuquiña, Fermín Ojeda M., Rancho Matajpampa, Justina Quía de Fulguera, Rancho Jacha Humalaca, Jerónimo Valente, Rancho A. Ecol. Flia Valente, Teofila Chamba Ojeda, Rancho Sika Humalaca, María Cristina Quispe, Rancho A. Eco. Flia Quispe, Luis Yucra Fulguera, Rancho Tuluhuta 1, Alex Valente G., Rancho Chuquiña, Delmira Quispe R., Rancho Tuluhuta 2, Rosalio Miranda Miranda F., Rancho Capilla, se constató los resultados de las elecciones para corregidor del Cantón Chuquiña, con el siguiente resultado: Eliodoro Valente Chambi (recurrente) con 359 votos, Alejandro A. Quia con 98, Juan Carlos Marca Q., con 73 votos y Javier Valente (correcurrido) con 56 votos (fs. 5).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- costumbres e instituciones. II.
- el valor y fundamento de las costumbres y culturas ancestrales, o, de vulnerar el orden legal establecido, debe llegarse a un punto de convergencia tal en el que ambos encuentren convivencia armónica, sin que ninguno avasalle al otro, resguardando en ambos, los derechos colectivos de las comunidades y los derechos fundamentales de las personas”
- Fragmento 19
- III.2. El caso en examen
- concedido
- 1º REVOCAR en parte