Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2007-R
Fecha: 10-May-2007
II.6.
II.6. El 8 de enero de 2007, el recurrente junto a Leonardo Rocha Fulguera, Segundo Comisario del Cantón de Chuquiña, enviaron una carta a Mario Orocondo Ayma, Subprefecto de la provincia Saucarí, rechazando a su destitución, en consecuencia le solicitó dejar sin efecto la nota de 31 de diciembre de 2006 e invitándolo a participar en la reunión ordinaria de 12 de enero de 2007 en el corregimiento del Cantón Chuquiña. Nota que después de su lectura, el citado Subprefecto, se rehusó a recibir conforme evidenció el testigo Marcial Ojeda Pinto (fs. 11 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- costumbres e instituciones. II.
- el valor y fundamento de las costumbres y culturas ancestrales, o, de vulnerar el orden legal establecido, debe llegarse a un punto de convergencia tal en el que ambos encuentren convivencia armónica, sin que ninguno avasalle al otro, resguardando en ambos, los derechos colectivos de las comunidades y los derechos fundamentales de las personas”
- Fragmento 19
- III.2. El caso en examen
- concedido
- 1º REVOCAR en parte