SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2007-R

Fecha: 10-May-2007

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que las autoridades recurridas han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y de petición, por cuanto no obstante haber sido elegido por mayoría de votos corregidor del Cantón Chuquiña provincia Saucarí del departamento de Oruro, por el periodo 2006-2008 y posesionado por Mario Orocondo Ayma, Subprefecto de la provincia Saucarí, el 5 de mayo de 2006 por representación del Prefecto del departamento de Oruro; dicha autoridad por nota de 5 de enero de 2007, y por instrucción del Asesor General de la Prefectura de Oruro, le comunicó que de conformidad a usos y costumbres de la comunidad el cargo de corregidor  se ejercía por un año, por lo que debía elegirse a su sustituto, por cuanto el 31 de diciembre de 2006 habría cumplido su gestión de un año en el cargo, agradeciéndole  por su desempeño en su cargo. Asimismo el correcurrido, Javier Valente Rocha, el 10 de enero de 2007, ostentando el cargo de nuevo “Corregidor del Cantón Chuquiña” y con la anuencia del Subprefecto de Saucarí, le solicitó la entrega de los documentos y bienes del corregimiento; hechos ante los cuales presentó cartas de reconsideración de dicha decisión ante el Subprefecto y Prefecto del departamento de Oruro el 8, 11, 18 de enero y 6 de febrero de 2007, solicitándoles dejar sin efecto su destitución y su consiguiente ratificación, empero ninguna de las autoridades demandadas le dieron respuesta, habiéndose inclusive rehusado recepcionar las mismas. Por lo que corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.