SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0410/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0410/2007-R

Fecha: 16-May-2007

bajo la óptica constitucional

          El entendimiento jurisprudencial anotado, no sólo es aplicable a las sentencias    que declaran la inconstitucionalidad de las normas, sino también a las   Resoluciones pronunciadas en los recursos de tutela (hábeas corpus, amparo constitucional y hábeas data), en la medida en que los fundamentos relevantes         del fallo o ratio decidendi, es decir, 'los fundamentos necesarios sin los cuales          no se justificaría ni se entendería el fallo' (SC 0457/2004-R de 31 de marzo,           Fundamento Jurídico III.1), que obligan y vinculan a los Poderes del Estado,           legisladores, autoridades y tribunales, como lo establece el art. 44.I de la LTC;   norma que se fundamenta 'en la necesidad de que todo el ordenamiento          jurídico boliviano tenga coherencia y unidad material, que sólo es posible       alcanzar si la jurisprudencia constitucional logra uniformar los criterios de    aplicación de los preceptos legales bajo la óptica constitucional, lo que     deriva además en la realización material del principio de igualdad…' (SC           0457/2004-R).