Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2007
Fecha: 19-Jun-2007
admitió
Mediante AACC 136/2007-CA de 19 de marzo (fs. 66 a 70) y 173/2007-CA de 2 de abril (fs. 232 a 235), respectivamente, la Comisión de Admisión de este Tribunal, admitió los recursos y dispuso las citaciones de las autoridades recurridas, lo que se realizó el 29 de marzo, 9 y 10 de abril de 2007, conforme consta en las diligencias de fs. 82 a 84, y 277 a 279.
- recursos directos de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- En el expediente 2007-15577-32-RDN
- I.1.2. Personas recurridas y petitorio
- admitió
- e)
- Fragmento 10
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- SC 0001/2007 de 10 de mayo,
- “(…) Las competencias municipales en materia de transporte
- (…) La Superintendencia de Transportes
- k)
- , no se verifica que le hubiera sido encargada la de habilitar y asignar rutas o recorridos al transporte público urbano o interprovincial de pasajeros, por lo que esta potestad puede ser asumida por el gobierno municipal para cumplirla con eficacia y eficiencia
- Fragmento 22
- OM 3641/2006 de 29 de noviembre
- 0037/2004,
- INFUNDADOS