SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2007-R
Fecha: 13-Jun-2007
I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 4 de febrero de 2004, fue contratada por el Consejo de la Judicatura en el cargo de Auxiliar del Juzgado Primero de Instrucción de Familia del Distrito Judicial de La Paz, contrato que fue ampliado debido a su estado de embarazo, firmando un segundo contrato de trabajo 07/2005 de 9 de febrero en el mismo cargo; sin embargo, a los siete meses de gestación, sufrió la pérdida del bebé, comunicando dicho hecho al Consejo de la Judicatura; empero, encontrándose desolada logró embarazarse nuevamente, por lo que a la fecha tiene un bebé de cuatro meses de edad. Por esta razón firmó un tercer contrato 22/2006 de 8 de febrero para el mismo cargo, amparada por la Ley 975 como menciona el contrato; consiguientemente, se hizo acreedora del subsidio prenatal, natal y de lactancia, que fue cubierto desde el 11 de marzo de “2007” (sic) hasta mayo de 2006, luego el 15 de mayo de 2006, fue despedida mediante memorandum DRH 0221/2006, bajo las mismas características expuestas en el expediente 2007-15592-32-RAC, en el que la recurrente es también parte correcurrente del mismo, habiendo planteado recurso de revocatoria el 19 de mayo de 2006, que fue rechazado mediante proveído de 22 del mismo mes y año sin su debida fundamentación, y tomando en cuenta que ya han transcurrido más de dos meses de su despido interpone recurso de amparo constitucional sin antes haber planteado recurso jerárquico.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- concediendo en parte
- 1)
- 4)
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- “denegando”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- concedido en parte